A partir de HOY se aplica el Comparendo Ambiental en Barranquilla y Malambo Vía @MauPadillaT


El comparendo ambiental que inició esta semana su etapa sancionatoria, encontró sus primeros infractores en una jornada operativa desarrollada con las entidades distritales vinculadas con el tema. Entre 9 de la mañana y 6 de la tarde se aplicaron 38 sanciones.
Pero un recorrido por los tradicionales botaderos de la ciudad, daba cuenta de que no son muchos los que le están prestando atención a la medida.

El comparendo apunta, justamente, a frenar ese tipo de conducta, y por eso, en la etapa de pedagogía, que duró seis meses, fueron identificados algunos cordones críticos, como el de la calle 30, a cuyos habitantes y comerciantes se les llegó con un mensaje de toma de conciencia.

Las infracciones en consideración
Para evitar  ser sujeto del comparendo, hay que abstenerse de cometer las siguientes infracciones:
1. Sacar la basura en horarios no autorizados por la empresa prestadora del servicio.
2. Usar los recipientes o demás elementos dispuestos para depositar la basura.
3. Disponer residuos sólidos y escombros en sitios de uso público no acordados ni autorizados por autoridad competente.
4. Disponer basura, residuos y escombros en bienes inmuebles de carácter público o privado, como colegios, centros de atención de salud, expendios de alimentos, droguerías, entre otros.
5. Arrojar basura y escombros a fuentes de aguas y bosques.
6. Destapar y extraer, parcial o totalmente sin autorización, el contenido de las bolsas y recipientes para la basura, una vez dispuestos para su recolección.
7. Disponer inadecuadamente animales muertos, partes de estos y residuos biológicos dentro de los residuos domésticos.
8. Dificultar, de alguna manera, la actividad de barrido y recolección de la basura y escombros.
9. Almacenar materiales y residuos de obras de construcción o de demoliciones en vías y/o áreas públicas.
10. Realizar quema de basura y/o escombros sin las debidas medidas de seguridad, en sitios no autorizados.
11. Instalar sin autorización legal, contenedores u otro tipo de recipientes, con destino a la disposición de basura.
12. Lavar y hacer limpieza de cualquier objeto en vías y áreas públicas.
13. Permitir la deposición de heces fecales de mascotas y demás animales en prados y sitios no adecuados para tal efecto.
14. Dar mal manejo a sitios donde se clasifica, comercializa, recicla o se transforman residuos sólidos.
15. Fomentar el trasteo de basura y escombros en medios no aptos ni adecuados.
16. Arrojar basuras desde un vehículo automotor o de tracción humana o animal en movimiento o estático, en las vías públicas, parques o áreas públicas.
17. Disponer de desechos industriales, sin las medidas de seguridad necesarias o en sitios no autorizados. 

Las sanciones contempladas
1. Citación al infractor para que reciba educación ambiental, durante cuatro (4) horas por parte de funcionarios pertenecientes a la entidad relacionada con el tipo de infracción cometida, Secretaría de Gobierno u otras.
2. En caso de reincidencia se obligará al infractor a prestar un día de servicio social, realizando tareas relacionadas con el buen manejo de la disposición final de los residuos sólidos.
3. Multa hasta por dos (2) salarios mínimos mensuales vigentes por cada infracción, si es cometida por una persona natural. Multa hasta veinte (20) salarios mínimos mensuales vigentes por cada infracción, cometida por una persona jurídica.
4. Si es reincidente, sellamiento de inmuebles.
5. Suspensión o cancelación del registro o licencia, en el caso de establecimientos de comercio, edificaciones o fábricas, desde donde se causan infracciones a la normatividad de aseo y manejo de escombros.
Pueden ser sujeto del comparendo los propietarios o arrendatarios de bienes inmuebles, dueños, gerentes, representantes legales o administradores de todo tipo de local, de todo tipo de industria o empresa, las personas responsables de un recinto o de un espacio público o privado, de instituciones oficiales, educativas, conductores o dueños de todo tipo de vehículos desde donde se cometa la infracción.

El Distrito confía en que poco a poco, la gente irá tomando conciencia y cambiando sus costumbres en el tema de disposición de residuos, que incluye no sólo al carretillero o al reciclador, sino a la persona que saca a pasear al perro y no se preocupa por recoger sus heces.
La directora del Damab, Jackeline Reina, dijo que se dispondrá de 153 operarios para el acompañamiento de la puesta en marcha del comparendo, y dos taquillas para el recaudo de las multas.
Por su parte, la Secretaria de Gobierno, Josefa Cassiani Pérez, resaltó que esta es la primera ciudad de la Costa que aplica esta medida y manifestó que, de manera paralela a la aplicación del comparendo a los infractores, se continuarán realizando las jornadas pedagógicas.
Se buscará que todas las personas naturales y jurídicas conozcan las implicaciones que conlleva la inadecuada disposición de residuos sólidos y escombros.
El tema se está liderando a través de las secretarías de Gobierno y Movilidad, con el apoyo del Damab. Los comparendos serán impuestos por la Policía Nacional, los inspectores de Policía de la Secretaría Distrital de Gobierno y los corregidores.
Son sanciones van desde los dos salarios mínimos mensuales vigentes hasta los veinte. La sanción es más fuerte si la comete una persona jurídica.

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